El Boletín Judicial de Nuevo León es la publicación del Poder Judicial del Estado donde se dan a conocer, cada día hábil, los acuerdos de los juzgados, las salas y los órganos del Tribunal. Se consulta gratis en línea. Tiene dos rasgos que lo distinguen de casi todos los demás estados: solo deja consultar un año hacia atrás, y la ley fija la notificación a una hora muy precisa, las quince horas del segundo día.
Esta página explica dónde se consulta, qué contiene y qué dice la ley. No da recomendaciones legales: describe lo que existe y dónde está publicado, con la fuente de cada dato.
Dónde se consulta el Boletín Judicial de Nuevo León
En el apartado Boletín Judicial del Poder Judicial del Estado de Nuevo León. No pide cuenta ni cédula. La propia página enumera los pasos:
- Seleccionar una fecha.
- Seleccionar una de las opciones disponibles (el juzgado, la sala o la sección).
- Ingresar el texto de la imagen en la casilla de verificación.
- Presionar el botón de buscar.
El paso 3 es un captcha: cada consulta exige copiar el texto de una imagen. Es la misma barrera que usa el Boletín Judicial del Estado de México, y hace que el boletín se consulte de una en una, a mano.
El límite de un año
Este es el dato que casi nadie menciona y que explica muchas búsquedas frustradas. La página lo dice así:
«El máximo histórico de consulta es de un año a la fecha seleccionada, en caso de requerir un documento anterior favor de comunicarse al correo electrónico boletinjud@pjenl.gob.mx indicando la fecha del archivo solicitado.»
Es decir: la consulta en línea cubre solo los últimos doce meses. Lo anterior no desaparece, pero deja de estar al alcance del buscador y se solicita por correo, indicando la fecha exacta del boletín.
Qué órganos aparecen en el catálogo
El selector de opciones reúne 91 entradas al 10 de septiembre de 2026. No se organiza por distritos: es una lista de órganos, donde conviven los de Monterrey con los de los municipios. Entre ellas:
- Ver Boletín Judicial completo y Ver solo Edictos.
- Pleno del H. Tribunal y Consejo de la Judicatura.
- Juzgados civiles, civiles orales, concurrentes y el de Oralidad Mercantil.
- Juzgados familiares y familiares orales, incluidos los de San Pedro, Guadalupe, San Nicolás y Apodaca, y uno especializado en divorcio incausado.
- Juzgados foráneos: Cadereyta, Linares, Dr. Arroyo, Cerralvo, Villaldama, Montemorelos, Galeana, China y García.
- El 1° Virtual, Menor Cuantía, Exhortos y Laboral.
- Ocho salas del Tribunal y los órganos penales: 1° Penal, Control y Ejecución Penal.
La consulta se hace por fecha y por órgano. No hay un buscador por nombre de las partes: hay que elegir el juzgado y abrir el boletín de ese día.
Qué dice la ley: la hora exacta de la notificación
El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León —publicado en el Periódico Oficial el 3 de febrero de 1973, en el texto que difunde el H. Congreso del Estado con última reforma en el Periódico Oficial #80-III del 10 de junio de 2022— regula el boletín en tres artículos consecutivos:
Artículo 75 — la ventana para notificarse en persona
Establece que, practicada la primera notificación, las siguientes solo se harán personalmente si los interesados acuden al juzgado o tribunal el mismo día en que se dicte la resolución y así lo soliciten, «o dentro de los dos días siguientes entre las nueve y quince horas». (Reformado, P.O. 21 de enero de 1987.)
Artículo 76 — cuándo surte efectos
Si las partes no acuden en esos días y horas, «la notificación se dará por hecha y surtirá sus efectos a las quince horas del segundo día que siga a la fecha en que se haya editado el Boletín Judicial» en que aparezca publicado el negocio, o en la lista de acuerdos donde aquel no se publique. El secretario o el juez asientan en autos la razón, que incluye la fecha y el número del Boletín. (Reformado, P.O. 10 de septiembre de 2006.)
La mayoría de los códigos del país hablan del «día siguiente». El de Nuevo León fija las quince horas del segundo día después de editado el boletín. Es una de las reglas más específicas de toda la serie.
Artículo 77 — qué se publica
Obliga a los secretarios a entregar para su publicación en el Boletín Judicial una lista de los negocios acordados o resueltos ese día, con el número de expediente o toca, la naturaleza del procedimiento y los nombres y apellidos de las partes o interesados. La excepción: cuando el juez estime publicación reservada por tratarse de decisiones que impliquen ejecución, caso en el que se asientan solo el número de expediente y la naturaleza del procedimiento. La lista se hace por duplicado y una copia queda en el archivo de la oficina.
Esa excepción importa para entender las búsquedas: en ciertos acuerdos de ejecución, el boletín puede traer el expediente sin los nombres.
Boletín Judicial y lista de acuerdos
En Nuevo León los dos términos están ligados por la propia ley: la lista de acuerdos de cada órgano se publica en el Boletín Judicial, y el artículo 76 menciona la lista de acuerdos como el medio en los lugares donde el boletín no se publique. El concepto está explicado en qué es la lista de acuerdos y cómo se lee, y el mecanismo general en qué es el Boletín Judicial y cómo consultarlo en México.
El archivo de Nuevo León en AlertasBIL
Buró de Investigaciones Legales conserva registros de los Tribunales de Nuevo León del 3 de mayo de 2000 al 31 de julio de 2026 —más de un cuarto de siglo, muy por encima de la ventana de un año del buscador oficial—, dentro de un acervo que reúne 26 tribunales locales, federales, laborales y fuentes administrativas. El periodo de cada fuente está en la página de fuentes de información.
La diferencia con la consulta oficial es el punto de partida: ahí se elige una fecha y un órgano, con captcha y dentro del último año; aquí se busca por nombre sobre lo que ya fue publicado. Lo explicamos en buscar una demanda por nombre.
Con una advertencia que preferimos decir de frente: un reporte refleja lo que los tribunales publicaron, tal como lo publicaron. Si un nombre no se publicó —por ejemplo, en una publicación reservada—, no está. Y como los homónimos existen, coincidir en el nombre no significa ser la misma persona.
Búsqueda por nombre en Nuevo León: ¿qué revisamos?
Escribe el nombre y te decimos exactamente qué fuente y qué años se revisan. Esta herramienta no busca ni adelanta resultados: te dice qué incluye la búsqueda antes de que pagues.
No guardamos lo que escribas aquí. Solo sirve para armar tu pedido.
Cobertura para
- Tribunales locales del estado de Nuevo León
- Periodo del acervo: del 3 de mayo de 2000 al 31 de julio de 2026
Antes de pagar, esto es lo que NO podemos hacer:
- 🔴 Solo los tribunales de Nuevo León. Otros estados no se revisan en esta búsqueda.
- 🔴 El acervo de Nuevo León llega al 31 de julio de 2026. Lo publicado después de esa fecha no aparece.
- Homónimos: los boletines publican un nombre, no una identidad. Si hay dos personas que se llaman igual, el reporte no las distingue.
- Los juzgados publican el nombre como lo entendieron, con sus erratas.
- La ley deja fuera de las listas ciertos asuntos reservados (embargos, requerimientos de pago, aseguramiento de bienes, depósito de personas). Lo que no se publicó, no está.
- No entregamos antecedentes penales, averiguaciones previas ni buró de crédito: no son públicos.
Si el nombre puede escribirse de dos formas (Janet o Jeanette), lo hacemos de las dos por el mismo precio, siempre que se trate de la misma persona.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se consulta el Boletín Judicial de Nuevo León?
En el apartado Boletín Judicial del sitio del Poder Judicial del Estado de Nuevo León: se elige fecha, se elige el órgano, se captura el texto de una imagen de verificación y se busca.
¿Hasta qué fecha se puede consultar?
El máximo histórico de la consulta en línea es de un año a la fecha seleccionada. Para documentos anteriores, la página indica escribir a boletinjud@pjenl.gob.mx con la fecha del archivo.
¿Pide captcha?
Sí. Cada consulta exige ingresar el texto de una imagen en la casilla de verificación.
¿Cuándo surte efectos la notificación por boletín en Nuevo León?
El artículo 76 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León establece que surte sus efectos a las quince horas del segundo día que siga a la fecha en que se haya editado el Boletín Judicial en que aparezca publicado el negocio.
¿Qué datos trae la lista publicada?
Según el artículo 77, el número de expediente o toca, la naturaleza del procedimiento y los nombres y apellidos de las partes, salvo publicación reservada en decisiones que impliquen ejecución, donde se asientan solo el expediente y la naturaleza del procedimiento.
¿Se puede buscar por nombre?
No. La consulta oficial se hace por fecha y por órgano; no ofrece un buscador por nombre de las partes.
¿Y los amparos?
No. Los juicios de amparo y los asuntos federales se publican en los medios del Poder Judicial de la Federación, no en el boletín de un tribunal estatal.
Un boletín preciso, con memoria corta
Nuevo León tiene una de las reglas de notificación más exactas del país —las quince horas del segundo día— y un catálogo que abarca desde Monterrey hasta China y Galeana. Lo que no tiene es memoria larga en línea: el buscador guarda doce meses, pide captcha en cada consulta y no busca por nombre.
Datos verificados el 10 de septiembre de 2026 directamente en el sitio del Poder Judicial del Estado de Nuevo León y en el Código de Procedimientos Civiles publicado por el H. Congreso del Estado de Nuevo León.






